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Opinión 15-05-2021
LEY DE CUIDADOS PALIATIVOS UNIVERSALES AHORA

Javiera Ortiz Núñez enfermera a cargo Programa Alivio del Dolor y Cuidados Paliativos HRT, Natalie Garrido Bahamondes académica de Enfermería de la Universidad Católica del Maule.
La OMS ha definido que los cuidados paliativos “constituyen un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes. Previenen y alivian el sufrimiento a través de la identificación temprana, la evaluación y el tratamiento correcto del dolor y otros problemas, sean estos de orden físico, psicosocial o espiritual”.
En Chile el Programa Nacional de Alivio del Dolor nace en 1994, para formar parte en el 2005 de las Garantías Explícitas en Salud N°4 como “Programa Alivio del Dolor por Cáncer Avanzado y Cuidados Paliativos”. Por tanto, quienes padecen de enfermedades renales, cardiacas, inmunológicas, demencia, entre otras, no tienen acceso a este tipo de atención integral y de calidad.
En el mes de abril del año 2019, se presenta ante la Cámara de Diputados un Proyecto de Ley “Sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas con enfermedades terminales y el buen morir”, el cual aborda el tema de la muerte, desde una perspectiva de dignidad y calidad de vida de la persona. Su objetivo es regular los cuidados paliativos, generando un marco normativo que siente las bases de una cultura de alivio de síntomas y muerte digna, que considere a la persona, su familia y cuidadores. Sin embargo, este proyecto no está dotado de presupuesto financiero para tales fines, por lo tanto, los pacientes con enfermedades terminales no oncológicas siguen quedando sin acceso a dichos cuidados. Este proyecto aún permanece en la Cámara del Senado.
Por otra parte, actualmente se discute la Ley de Eutanasia o “Ley de muerte digna y Cuidados Paliativos”, pero ¿cómo se puede legislar sobre eutanasia sin antes ofrecer cuidados paliativos universales a las personas enfermas? O ¿la eutanasia será el único derecho que tendremos para morir “dignamente” sin sufrimiento? Previo a legislar sobre Ley de Eutanasia se debe legislar sobre Ley de Cuidados Paliativos Universales, no tan solo en un marco regulatorio, sino que además con presupuesto financiero, ampliando la garantía explicita en salud a pacientes no oncológicos, con el objetivo de garantizar el acceso, oportunidad, protección financiera y calidad de la atención. No podemos permitir que los pacientes se vean obligados a solicitar la eutanasia a causa de sufrimiento intratable, cuando no se ha hecho nada para tratarlo, esto si es urgente.
Quienes acompañamos a pacientes y familias día a día en el proceso de morir solicitamos que se legisle sobre la Ley de Cuidados Paliativos Universales, considerando no solo el manejo del dolor y otros síntomas físicos, sino que, a la persona y familia en todas sus dimensiones, haciendo alusión al Artículo N°2 de la Ley 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, el cual dice "Toda persona tiene derecho, cualquiera que sea el prestador que ejecute las acciones de promoción, protección y recuperación de su salud y de su rehabilitación, a que ellas sean dadas oportunamente y sin discriminación arbitraria, en las formas y condiciones que determinan la Constitución y las leyes”.
Somos muchos profesionales unidos trabajando por esta causa, quienes intentamos visibilizar una necesidad latente a nivel país. CUIDADOS PALIATIVOS AHORA.

Freddy Mora | Imprimir | 1100