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Policial 25-09-2021
Despachan regla especial de aplicación de penas cuando víctima se encuentre embarazada
Preocupados por dar un marco legal especial de protección a aquellas mujeres que se encuentren embarazadas, procurando la aplicación de penas máximas y efectivas respecto de ciertos delitos que se cometan en contra de ellas, es el objetivo de un proyecto aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite, al Senado.
Para sus fines, la iniciativa modifica el Código Penal y define el listado concreto de los delitos. Comprende a aquellos cometidos en contra de la libertad y la seguridad, como el secuestro. También están incluidos la tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes; y agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantizados por la Constitución (Título 3°, párrafos III y IV).
Además, hacen parte del listado los delitos de violación, estupro y otros de carácter sexual (Título 7° párrafos V y VI). De igual modo, están el parricidio, femicidio, homicidio, lesiones corporales, maltrato a menores de 18 años o personas con discapacidad y tráfico ilícito de migrantes y trata de personas (Título 8°, párrafos I, I bis I ter, III, III bis, V bis).
Igualmente, está considerado el robo con violencia e intimidación (Título 9° párrafo 2), entre otros.
En todos estos casos, la pena asignada se aplicará según sea el caso, en su grado máximo, cuando la víctima se encuentre embarazada.
Según se explica en el documento, se busca proteger el valor de la maternidad y su especial consideración social. Además, procura que la responsabilidad de los agresores como, por ejemplo, en el caso de una golpiza propinada a una mujer embarazada que puede perder a su hijo, sea aumentada.
Para sus fines, la iniciativa modifica el Código Penal y define el listado concreto de los delitos. Comprende a aquellos cometidos en contra de la libertad y la seguridad, como el secuestro. También están incluidos la tortura; tratos crueles, inhumanos o degradantes; y agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantizados por la Constitución (Título 3°, párrafos III y IV).
Además, hacen parte del listado los delitos de violación, estupro y otros de carácter sexual (Título 7° párrafos V y VI). De igual modo, están el parricidio, femicidio, homicidio, lesiones corporales, maltrato a menores de 18 años o personas con discapacidad y tráfico ilícito de migrantes y trata de personas (Título 8°, párrafos I, I bis I ter, III, III bis, V bis).
Igualmente, está considerado el robo con violencia e intimidación (Título 9° párrafo 2), entre otros.
En todos estos casos, la pena asignada se aplicará según sea el caso, en su grado máximo, cuando la víctima se encuentre embarazada.
Según se explica en el documento, se busca proteger el valor de la maternidad y su especial consideración social. Además, procura que la responsabilidad de los agresores como, por ejemplo, en el caso de una golpiza propinada a una mujer embarazada que puede perder a su hijo, sea aumentada.
Freddy Mora | Imprimir | 366
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