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Editorial 01-12-2021
“Ley Tamara”
Con el voto unánime de los senadores presentes, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado aprobó la idea de legislar del proyecto, en segundo trámite que modifica el Código Penal para agravar e incrementar las penas de los delitos que sean cometidos contra niños y niñas, adultos mayores o personas en situación de discapacidad.
Esta iniciativa, conocida como "Ley Tamara", en honor a Tamara Moya una pequeña que falleció cuando su familia fue sometida a una "encerrona" y amenazados con armas de fuego, ahora será analizada en particular por la citada instancia, para lo cual fijó plazo hasta el 9 de diciembre para recibir indicaciones.
Asimismo, se solicitarán informes a abogados penalistas y al Ministerio Público con el objeto de despejar algunas dudas respecto. Ello, pues se plantearon algunas dudas respecto de la proporcionalidad de las penas y también sobre algunos principios jurídicos que podrían estar en juego.
En lo fundamental, este proyecto busca reforzar la protección penal a la infancia, adultos mayores y población discapacitada. Para ello, no se cambian las penas sino que se establecen agravantes y en algunos casos se aplica el máximo de la pena y en otros excluye el mínimo.
Entre otros temas, agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad.
Asimismo, se extendió el rango de la pena para los homicidios con alevosía; por premio o promesa remuneratoria; por medio de veneno; con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor; o con premeditación conocida, aplicando el presidio mayor en su grado medio a máximo.
Además, se incluyó al homicidio simple dentro de los delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular al beneficio de la libertad condicional.
Esta iniciativa, conocida como "Ley Tamara", en honor a Tamara Moya una pequeña que falleció cuando su familia fue sometida a una "encerrona" y amenazados con armas de fuego, ahora será analizada en particular por la citada instancia, para lo cual fijó plazo hasta el 9 de diciembre para recibir indicaciones.
Asimismo, se solicitarán informes a abogados penalistas y al Ministerio Público con el objeto de despejar algunas dudas respecto. Ello, pues se plantearon algunas dudas respecto de la proporcionalidad de las penas y también sobre algunos principios jurídicos que podrían estar en juego.
En lo fundamental, este proyecto busca reforzar la protección penal a la infancia, adultos mayores y población discapacitada. Para ello, no se cambian las penas sino que se establecen agravantes y en algunos casos se aplica el máximo de la pena y en otros excluye el mínimo.
Entre otros temas, agrega al listado de circunstancias agravantes el cometer el delito contra una víctima menor de 18 años, un adulto mayor o una persona con discapacidad.
Asimismo, se extendió el rango de la pena para los homicidios con alevosía; por premio o promesa remuneratoria; por medio de veneno; con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor; o con premeditación conocida, aplicando el presidio mayor en su grado medio a máximo.
Además, se incluyó al homicidio simple dentro de los delitos que requerirán del cumplimiento de dos tercios de la pena para postular al beneficio de la libertad condicional.
Freddy Mora | Imprimir | 1170