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Editorial 12-11-2021
Plan de Parto
En condiciones de ser analizado en particular por la Sala de la Cámara Baja quedó el proyecto que garantiza derechos durante la gestación, preparto, parto, postparto y aborto en las tres causales.
La denominada Ley Adriana, aprobada en general por la Sala el pasado 12 de octubre, regula, garantiza y promueve derechos de la mujer o persona gestante, su bebé, el padre o persona significativa en las diferentes etapas. Así, también, busca garantías en torno a la atención en salud sexual y reproductiva.
El proyecto se rige por los principios de dignidad en el trato, autonomía de las mujeres, privacidad y confidencialidad. De igual modo, promueve el respecto por la interculturalidad, interpretación de los derechos humanos y transparencia de los establecimientos de salud.
La propuesta define la violencia gineco-obstétrica como todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, omisión, discriminación o negación injustificada de atención en el marco de la salud sexual y reproductiva.
Junto a ello, establece, como constitutivos de este tipo de violencia, las burlas e insultos, negación o abuso de medicación u ocultamiento de información. También incluye como violencia obstétrica la maniobra de Kristeller y la episiotomía, sin justificación médica ni consentimiento de la gestante.
El plan de parto es un instrumento mediante el cual una mujer o persona gestante establece sus deseos, necesidades y decisiones sobre este proceso. Aquí se incluyen las etapas de preparto, parto, postparto, nacimiento y lactancia.
Freddy Mora | Imprimir | 896