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Editorial 16-06-2021
Prohibición de fumar en playas


Para avanzar en la concientización de que cada colilla de cigarrillo consumido contiene más de 7 mil sustancias o compuestos químicos tóxicos, y que es uno de los deshechos que más arrojan las personas, la Comisión de Medio Ambiente inició la votación del articulado del proyecto de ley que modifica el Código Penal para resguardar las playas del país.

La iniciativa, aprobada en general por la instancia el pasado 9 de junio, se originó en dos mociones parlamentarias que tienen como objetivo modificar la ley 19.419, para facilitar el reciclaje del tabaco y derivados, y el Código Penal, para proteger playas, ríos y lagos, de la contaminación de colillas de cigarro.

El grupo parlamentario aprobó en la presente jornada las siguientes normas que regulan los materiales de los cigarros y las prohibiciones de fumar o desechar colillas:

Los filtros y las colillas de los cigarrillos que se comercialicen dentro del territorio nacional deberán ser fabricados solo con materiales biodegradables. No se incorporó como alternativa que estos sean susceptibles de ser reutilizables, reciclables o compostables, como planteaba el proyecto inicial.
Se incluyó a las playas de mar, ríos y lagos, dentro de los lugares donde estará prohibido fumar. Asimismo, se prohíbe arrojar filtros o colillas de cigarrillos en la vía pública o en los patios o espacios al aire libre de aeropuertos, teatros y cines; centros de atención o de prestación de servicios; supermercados, centros comerciales y en establecimientos de salud públicos y privados.

Respecto de las modificaciones al Código Penal, la comisión aprobó incluir a la colilla de cigarrillo como un elemento prohibido de arrojar en las playas, acción que será sancionada con una multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales (cerca de 208.020 mil pesos).

Freddy Mora | Imprimir | 1005