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viernes 11 de julio del 2025
Política 09-10-2021
Proyecto que beneficia con fondos no cobrados a bomberos de Chile pasó a la Sala de la Cámara
Por unanimidad, la Comisión de Emergencias, Desastres y Bomberos aprobó en particular el proyecto (boletín 14487) que modifica la Ley 20.712, sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, con el objeto que los dineros no cobrados oportunamente por los partícipes de fondos mutuos, inversiones o causahabientes, sean destinados a la Junta Nacional del Cuerpos de Bomberos de Chile .
La idea que rige la propuesta es otorgar a Bomberos un nuevo mecanismo de financiamiento, sin disponer de recursos fiscales. Por esta vía, se espera contribuir con la indispensable función que desempeñan en ayuda de la comunidad.
Se presentó una indicación sustitutiva que se aprobó por la unanimidad de los presentes. En ella se recoge el planteamiento del vicepresidente de la Asociación de Fondos Mutuos de Chile A.G., expresada en una sesión anterior. La postura apunta a ampliar el plazo de 5 años (de la idea original) a 10 años para hacer efectivo el beneficio.
También, se aprobó un nuevo artículo transitorio. Este amplía la aplicación de la ley a las cuotas de fondos mutuos o de inversión cuyos partícipes hubiesen fallecido antes de la entrada en vigencia de la norma. Asimismo, aplicará a los dividendos y beneficios cuyas fechas de pago están establecidas por las administradoras, antes de la entrada en vigencia de este cuerpo legal.
La idea que rige la propuesta es otorgar a Bomberos un nuevo mecanismo de financiamiento, sin disponer de recursos fiscales. Por esta vía, se espera contribuir con la indispensable función que desempeñan en ayuda de la comunidad.
Se presentó una indicación sustitutiva que se aprobó por la unanimidad de los presentes. En ella se recoge el planteamiento del vicepresidente de la Asociación de Fondos Mutuos de Chile A.G., expresada en una sesión anterior. La postura apunta a ampliar el plazo de 5 años (de la idea original) a 10 años para hacer efectivo el beneficio.
También, se aprobó un nuevo artículo transitorio. Este amplía la aplicación de la ley a las cuotas de fondos mutuos o de inversión cuyos partícipes hubiesen fallecido antes de la entrada en vigencia de la norma. Asimismo, aplicará a los dividendos y beneficios cuyas fechas de pago están establecidas por las administradoras, antes de la entrada en vigencia de este cuerpo legal.
Freddy Mora | Imprimir | 447
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