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Nacional 18-08-2021
Qué documentos se requieren y la forma correcta de presentarlos para ingresar a Chile por el aeropuerto

Hace tres semanas que se permite que las personas que cuenten con pase de movilidad puedan viajar fuera de Chile, lo que ha repercutido, a su vez, en que más individuos ingresen al país por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez tras retornar de sus viajes. Esto ha generado largas filas y esperas de varias horas en el terminal aéreo.
La lentitud del trámite incluso estaría afectando a viajeros que portan todos los documentos requeridos. Sin embargo, no basta contar con todos éstos, sino que deben presentarse de cierta forma, para agilizar el trámite. ¿Cuáles son los documentos que se solicitan y cuál es la manera correcta de solicitarlos? Según establece el plan "Fronteras Protegidas", pueden entrar a territorio nacional tanto chilenos como extranjeros residentes en el país. En el caso de los extranjeros no residentes solo se permite su entrada por motivos excepcionales (con un salvoconducto del consulado de origen y el decreto 102 del Ministerio del Interior). Los documentos generales que se exigen para entrar son: la declaración jurada y el test PCR con resultado negativo. Para obtener el primer documento, se debe ingresar al sitio web de c19 y completar el formulario "Declaración Jurada de Viajeros". En ésta se entrega información de contacto, de salud y del viaje, y además se aceptan las condiciones de ingreso. Dicho documento será requerido por la aerolínea al embarcar y por la autoridad sanitaria al ingresar a Chile. El segundo documento, que se debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros, es el resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. Éste no puede tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino a Chile. También será requerido por la aerolínea al embarcar y por la autoridad sanitaria al entrar al país. Solo quedan excluidos de este requisito los menores de dos años. Hay otro documento que solo se pide a los extranjeros no residentes en el país: un seguro médico de viaje, que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia médica, atención hospitalaria y repatriación, incluida la cobertura de cualquier gasto originado por covid-19.
Freddy Mora | Imprimir | 829