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El Diario del Maule Sur
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Editorial 07-05-2021
Servicio de Biodiversidad

La Comisión de Medio Ambiente, de la Cámara Baja avanzó en la votación, en particular, de las normas referidas a la administración de las áreas protegidas y las prohibiciones en su interior, del proyecto que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Los legisladores aprobaron que dicha administración corresponderá al Servicio de Biodiversidad y tendrá dentro de sus potestades la elaboración, aprobación e implementación del respectivo plan de manejo y plan de uso público, como también el otorgamiento de los permisos, concesiones y cesiones de uso y suscripción de los convenios de gestión.

Se estipuló, además, que se entenderá por plan de uso público el instrumento destinado a planificar y mejorar la calidad de atención ciudadana, en el ámbito del turismo, la educación y la investigación científica, en forma compatible con el plan de manejo del área protegida.

Otro de los puntos zanjados fue la participación en la gestión de las áreas protegidas del Estado. Aquí se estableció que para la gestión de las mencionadas áreas, el Servicio podrá celebrar convenios con autoridades u organizaciones locales, asociaciones o comunidades indígenas, que se rijan por la ley sobre protección, fomento y desarrollo indígena u otras organizaciones.

La importancia de tales convenios, radica, en que podrán referirse a materias como: la gestión de las áreas; prevención de contingencias y control de emergencias; capacitación; asesoría técnica; ejecución de programas, proyectos y acciones de desarrollo comunitario y aprovechamiento sustentable de recursos; financiamiento y mecanismos para su aplicación.


Además, deberán contener, al menos, disposiciones referidas a la estructura de gestión, la que en todo caso será integrada por un representante del Servicio designado por el director nacional; sus normas de funcionamiento; los derechos y obligaciones de cada parte en la gestión del área protegida, incluyendo las acciones objeto del convenio.

El acuerdo también contendrá las reglas especiales para la elaboración del plan de manejo; los beneficios e incentivos para las partes; requerimientos de reporte e indicadores de eficacia del manejo; efectos en caso de incumplimiento; reglas para la solución de controversias y su duración, la que no podrá exceder de cinco años renovables.
Freddy Mora | Imprimir | 1137