viernes 19 de abril del 2024 | Santoral Ema
El Diario del Maule Sur
FUNDADO EL 29 DE AGOSTO DE 1937
Hoy
Editorial 02-08-2022
Sustracción de madera
Un importante avance realizó la Comisión de Seguridad Pública, en el marco del estudio de las indicaciones al proyecto que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para tipificar el delito de sustracción de madera y otros relacionados, y habilitar el uso de técnicas especiales de investigación para su persecución.

La instancia que preside el senador José Miguel Insulza se abocó a discutir las indicaciones que se presentaron en el plazo que venció el 11 de julio, con el fin de redactar y regular de mejor forma los diversos tipos penales y penas asociados a este tipo de delitos.



De esta forma, respaldó por 3 votos contra 1, la modificación que aumenta el monto del valor de las especies para las multas en el caso del delito de hurto, de modo de hacerlas más proporcionales y coherentes con el resto de las normas que establecen medidas de investigación especiales.



La norma quedó como sigue: El que robe o hurte troncos o trozas de madera comete el delito de sustracción de madera y será sancionado con las penas señaladas en los Párrafos 2, 3 y 4 del presente Título. Cuando la madera sustraída tenga un valor que exceda las 10 unidades tributarias mensuales (es decir unos $582.000), se aplicará, además, la accesoria de multa de 75 a 100 unidades tributarias mensuales, es decir, entre $4.365.000 hasta $5.820.000 aproximadamente.



Además, se aprobó con similar votación una indicación que agregó condiciones para implementar herramientas intrusivas de investigación y que agrega un inciso nuevo que establece: si la madera sustraída tuviera un valor superior a las 50 unidades tributarias mensuales ($2.900.000) o si la sustracción obedeciera a un proceder sistemático u organizado, se podrán aplicar las técnicas especiales de investigación previstas en el artículo 226 bis del Código Procesal Penal.


Freddy Mora | Imprimir | 793