A ley normativa sobre proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas

05-10-2022



La Sala de la Cámara aprobó las modificaciones del Senado, al proyecto que regula el proceso unificado de búsqueda de personas desaparecidas y crea el Sistema interconectado para dichos efectos (boletín 12392). Con ello, la iniciativa terminó su tramitación y quedó lista para ser promulgada.
Su objetivo es establecer un marco legal integral de búsqueda de personas extraviadas y desaparecidas. La idea es superar las falencias actuales y agilizar los tiempos de respuesta.
El texto se despachó tras la aprobación de la Cámara a la totalidad de los cambios propuestos por el Senado, que ampliaron la precisión del texto. Las normas sin quórum especial o que no fueron objeto de votación separada, fueron aprobadas en forma unánime con 130 votos a favor.
La norma de quórum especial (emisión de alerta de búsqueda) alcanzó 113 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones. Con ello se superó los 78 votos requeridos.
Se entenderá por persona desaparecida a aquella cuyo paradero se desconoce y se teme la afectación a su vida, integridad física o psíquica. Dejará de serlo, cuando se confirme, por medios físicos o científicos, que fue hallada o encontrada e identificada. Corresponderá al Ministerio Público disponer el término de la búsqueda cuando así proceda.
En Chile, anualmente, se reciben entre ambas policías cerca de 33 mil denuncias por presunta desgracia. De ellas, cerca de 1.600 casos quedan sin solución.

http://www.diarioelheraldo.cl/noticia/a-ley-normativa-sobre-proceso-unificado-de-busqueda-de-personas-desaparecidas | 24-04-2024 06:04:35