07-06-2025
La Comisión de Emergencias, Desastres y Bomberos despachó a la Sala el proyecto que sanciona la imprudencia de excursionistas que generen operaciones de rescate. La propuesta se votó luego de reabrir el debate para abordar ciertas inconsistencias que la secretaria de la comisión determinó en una sesión previa.
En los antecedentes del texto se plantea que existe una relación causal directa entre gran parte de los accidentes que se van produciendo y la imprudencia de los excursionistas que se exponen a situaciones de riesgo.
La gravedad de la situación recae en que cada rescate importa la movilización de un gran número de recursos y de personal capacitado. Esto expone a los rescatistas a sufrir accidentes en el desarrollo de operaciones de rescate y salvamento que podrían haberse evitado.
De tal modo, la norma busca sancionar este tipo de hechos si un excursionista senderista, montañista y grupos de ellos requieran ser auxiliados por equipos de búsqueda, rescate y salvamiento.
La norma establece que cuando se realice una actividad de excursión senderismo o montañismo dentro de una zona agreste, se deberá dar aviso a la administración o persona responsable. En su defecto, la información se entregará a Carabineros de Chile o a la municipalidad del lugar a visitar.
http://www.diarioelheraldo.cl/noticia/imprudencia-de-excursionistas | 07-06-2025 04:06:39