08-02-2023
En sesión celebrada el pasado 2 de febrero de 2023 el Consejo Directivo del Servicio Electoral determinó una serie de instrucciones para la aplicación de las disposiciones legales sobre transparencia, financiamiento, límite y control del gasto electoral contenidas en la Ley N° 19.884 y sobre propaganda electoral contenidas en el párrafo 6° del título I de la Ley N° 18.700.
En primer lugar, aprobó las Instrucciones sobre autorización del pago de créditos a instituciones financieras por medio del reembolso fiscal electoral. Las candidaturas y partidos políticos que suscriban créditos para financiar sus campañas electorales con instituciones del sistema financiero registradas ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), podrán otorgar a éstas mandato por el cual el Servicio Electoral autorizará el pago de los créditos con el reembolso de los gastos electorales que se determine una vez presentados los ingresos y gastos electorales, revisados y con el pronunciamiento del Director del Servicio Electoral en cuanto a su aprobación.
También, aprobó las Instrucciones sobre invitaciones a inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público. Las autoridades públicas que realicen inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público deberán cursar invitación por escrito a tales eventos a todos los candidatos al Consejo Constitucional del respectivo territorio electoral, de conformidad al artículo 31 de la Ley N°18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
http://www.diarioelheraldo.cl/noticia/servel-publica-instrucciones-sobre-campaas-para-eleccin-de-consejo-constitucional | 22-07-2025 08:07:44