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viernes 20 de septiembre del 2024
Política 09-08-2024
A tercer trámite obligación de las compañías telefónicas de individualizar a usuarios de celulares de prepago
Con 31 favor y 2 abstenciones, la Sala despachó a la Cámara Baja, el proyecto en segundo trámite, que modifica la ley General de Telecomunicaciones, en materia de individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía en la modalidad de prepago.
Ahora las y los diputados deberán revisar los cambios realizados por los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, los que fueron respaldados por la Sala en la pasada sesión ordinaria.
La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.
Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El usuario registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.
Ahora las y los diputados deberán revisar los cambios realizados por los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, los que fueron respaldados por la Sala en la pasada sesión ordinaria.
La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.
Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El usuario registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.
Freddy Mora | Imprimir | 248
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