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miércoles 07 de mayo del 2025
Policial 07-03-2025
Condenados por delitos sexuales no podrán obtener licencia de conducir profesional

La Cámara de diputadas y diputados aprobó y derivó a fase de promulgación un proyecto (boletín 15003), que modifica la Ley de Tránsito. Específicamente, introduce en el marco de los requisitos para los postulantes a licencia de conducir, acreditar, en caso de las clases A-1, A-2 y A-3, que no tiene anotaciones relativas a los delitos de connotación sexual.
El texto, respaldado en segundo trámite en los mismos términos que lo dispuesto por el Senado, apunta a los delitos de:
-Violación.
-Estupro y delitos sexuales relacionados.
-Explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes.
Para la acreditación, se requerirá del respectivo certificado de antecedentes para fines especiales del Registro General de Condenas.
En línea con lo anterior, se agregan los citados delitos al listado de condenas que se tomarán en consideración para calificar la idoneidad moral de los interesados.
El texto, respaldado en segundo trámite en los mismos términos que lo dispuesto por el Senado, apunta a los delitos de:
-Violación.
-Estupro y delitos sexuales relacionados.
-Explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes.
Para la acreditación, se requerirá del respectivo certificado de antecedentes para fines especiales del Registro General de Condenas.
En línea con lo anterior, se agregan los citados delitos al listado de condenas que se tomarán en consideración para calificar la idoneidad moral de los interesados.
Freddy Mora | Imprimir | 311
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