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Política 28-03-2025
Servel entregó su visión por proyecto que regula el voto de los extranjeros en Chile

Con la participación del Servicio Electoral (Servel), la Comisión de Gobierno Interior continuó su análisis del proyecto que modifica la Ley 21.325, de Migración y Extranjería, en materia de avecindamiento y derecho de sufragio de extranjeros.
En representación del servicio, asistió la presidenta del Consejo Directivo, Pamela Figueroa. En su presentación observó que la iniciativa propone una serie de modificaciones del voto de los extranjeros en Chile que tienen una diversa naturaleza jurídica. Al respecto, remarcó que el Servel “es de la opinión que esas modificaciones deben ser incluidas en las respectivas leyes electorales”.
Sobre la participación de los extranjeros solo en elecciones municipales, estimó que la modificación debiera quedar establecida en la Ley 18.556, que regula el registro electoral. “Ella es la que ordena la incorporación o no de extranjeros en los padrones respectivos”, acotó.
Frente a la voluntariedad del voto de los extranjeros, dijo que, para el Servel, también debería quedar alojada en una ley electoral. “En particular, la que regula la sanción del voto obligatorio y que aún no ha sido promulgada”, afirmó.
La personera mencionó que es importante precisar el objetivo de la norma frente a la residencia continua en Chile por más de 5 años. “Si se exige residencia continua podría entenderse que, si se interrumpe cada vez que la persona sale del país, tendría que comenzar de nuevo a contarse ese periodo de cinco años para poder ejercer el derecho a voto”, planteó.
El texto establece que los extranjeros avecindados en Chile solo podrán sufragar en las elecciones municipales y su voto será voluntario. El avecindamiento se contabilizará desde que el extranjero obtiene un permiso de residencia definitiva y ha residido en Chile de manera continua por más de 5 años.
En representación del servicio, asistió la presidenta del Consejo Directivo, Pamela Figueroa. En su presentación observó que la iniciativa propone una serie de modificaciones del voto de los extranjeros en Chile que tienen una diversa naturaleza jurídica. Al respecto, remarcó que el Servel “es de la opinión que esas modificaciones deben ser incluidas en las respectivas leyes electorales”.
Sobre la participación de los extranjeros solo en elecciones municipales, estimó que la modificación debiera quedar establecida en la Ley 18.556, que regula el registro electoral. “Ella es la que ordena la incorporación o no de extranjeros en los padrones respectivos”, acotó.
Frente a la voluntariedad del voto de los extranjeros, dijo que, para el Servel, también debería quedar alojada en una ley electoral. “En particular, la que regula la sanción del voto obligatorio y que aún no ha sido promulgada”, afirmó.
La personera mencionó que es importante precisar el objetivo de la norma frente a la residencia continua en Chile por más de 5 años. “Si se exige residencia continua podría entenderse que, si se interrumpe cada vez que la persona sale del país, tendría que comenzar de nuevo a contarse ese periodo de cinco años para poder ejercer el derecho a voto”, planteó.
El texto establece que los extranjeros avecindados en Chile solo podrán sufragar en las elecciones municipales y su voto será voluntario. El avecindamiento se contabilizará desde que el extranjero obtiene un permiso de residencia definitiva y ha residido en Chile de manera continua por más de 5 años.
Freddy Mora | Imprimir | 415
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