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Política 06-12-2024
Avanza moción que propone multas para quienes no voten en elecciones y plebiscitos

La Comisión de Gobierno del Senado aprobó en general y en particular la moción que propone multas por incumplimiento de más de 330 mil pesos y detalla las excepciones de esta sanción.
Este enfoque no solo garantiza una participación electoral más amplia y equitativa, sino que también refuerza la responsabilidad cívica y la legitimidad del sistema político, alineando así el marco legal con el orden constitucional y fortaleciendo la democracia en su conjunto, se desprende de la moción, recientemente aprobada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
La instancia respaldó la indicación que precisa que, en las elecciones y plebiscitos previstos en la Constitución Política de la República, excepto en las elecciones primarias, el sufragio es obligatorio.
El incumplimiento de ese deber será sancionado con multa a beneficio municipal que pueden superar los 330 mil pesos (desde 0,5 a 5 unidades tributarias mensuales).
No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección, se encontraren enfermos, estuvieren ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, hubieren desempeñado las funciones que encomienda la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, o no hubieren podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Este enfoque no solo garantiza una participación electoral más amplia y equitativa, sino que también refuerza la responsabilidad cívica y la legitimidad del sistema político, alineando así el marco legal con el orden constitucional y fortaleciendo la democracia en su conjunto, se desprende de la moción, recientemente aprobada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
La instancia respaldó la indicación que precisa que, en las elecciones y plebiscitos previstos en la Constitución Política de la República, excepto en las elecciones primarias, el sufragio es obligatorio.
El incumplimiento de ese deber será sancionado con multa a beneficio municipal que pueden superar los 330 mil pesos (desde 0,5 a 5 unidades tributarias mensuales).
No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección, se encontraren enfermos, estuvieren ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, hubieren desempeñado las funciones que encomienda la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, o no hubieren podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Freddy Mora | Imprimir | 358
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