Hoy
martes 02 de septiembre del 2025
Editorial 30-08-2025
Buses interurbanos
La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, aprobó y despachó al pleno de la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto que modifica la Ley de Tránsito para exigir a los buses interurbanos de pasajeros
Las tres iniciativas planteaban diferentes medidas para exigir a los buses de pasajeros, así como a vehículos de carga, contar con elementos de seguridad y sistemas de monitoreo público o privado, la incorporación de elementos de seguridad ante situaciones de emergencia. Al respecto, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, solicitó en sesión anterior un plazo para presentar una propuesta como Ejecutivo.
La indicación sustitutiva, finalmente, recoge las propuestas de diputadas y diputados. Así, dispone que los buses que presten servicios interurbanos de transporte público de pasajeros deberán: Tener conos de señalización vial retroreflectantes para ser utilizados en casos de emergencia, Contar con sistemas de luces de posicionamiento de largo alcance, destinadas a advertir su presencia a los demás conductores, especialmente en condiciones de baja visibilidad y Disponer de chalecos reflectantes para todos los pasajeros y tripulación.
El texto también dispone como infracción gravísima de tránsito no cumplir con estos equipamientos.
En cuanto a la vigencia, el proyecto establece un plazo de doce meses desde la publicación del reglamento para hacer exigible estas medidas.
Las tres iniciativas planteaban diferentes medidas para exigir a los buses de pasajeros, así como a vehículos de carga, contar con elementos de seguridad y sistemas de monitoreo público o privado, la incorporación de elementos de seguridad ante situaciones de emergencia. Al respecto, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, solicitó en sesión anterior un plazo para presentar una propuesta como Ejecutivo.
La indicación sustitutiva, finalmente, recoge las propuestas de diputadas y diputados. Así, dispone que los buses que presten servicios interurbanos de transporte público de pasajeros deberán: Tener conos de señalización vial retroreflectantes para ser utilizados en casos de emergencia, Contar con sistemas de luces de posicionamiento de largo alcance, destinadas a advertir su presencia a los demás conductores, especialmente en condiciones de baja visibilidad y Disponer de chalecos reflectantes para todos los pasajeros y tripulación.
El texto también dispone como infracción gravísima de tránsito no cumplir con estos equipamientos.
En cuanto a la vigencia, el proyecto establece un plazo de doce meses desde la publicación del reglamento para hacer exigible estas medidas.
Freddy Mora | Imprimir | 138