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Saturday 07 de February del 2026
Editorial 15-01-2026
Carreras no autorizadas
Mejorar la protección vial de la ciudadanía es el objetivo del proyecto aprobado, por unanimidad, que tipifica y sanciona la conducción temeraria de vehículos. El texto, que pasó al Senado a segundo trámite, modifica la Ley de tránsito y otras normas para asegurar una sanción efectiva a carreras no autorizadas y otras conductas peligrosas al volante.
La moción establece que se entenderán por carreras no autorizadas conducir excediendo la velocidad permitida, mediante desplazamientos simultáneos o sucesivos en relación con otros vehículos.
También aplica por ejecutar destrezas, deslizamientos, derrapes o maniobras, que puedan poner en peligro la vida o integridad física de terceras personas. Todo esto, sin contar con la autorización o permiso correspondiente por parte de la autoridad competente, con vehículos motorizados y en cualquier tipo de vía.
La propuesta, originada en moción, también aumenta las sanciones para quienes incumplan la normativa. Así, establece que quien conduzca un vehículo motorizado en una carrera no autorizada se sancionará con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio. Esto es, entre 61 días hasta 3 años de privación de libertad.
Igualmente, se aplicará una multa de dos a 10 UTM ($139.500 a 697.500 app.). La sanción se aplicará, ya sea que no se ocasione daño alguno o que cause daños materiales o lesiones leves.
La moción establece que se entenderán por carreras no autorizadas conducir excediendo la velocidad permitida, mediante desplazamientos simultáneos o sucesivos en relación con otros vehículos.
También aplica por ejecutar destrezas, deslizamientos, derrapes o maniobras, que puedan poner en peligro la vida o integridad física de terceras personas. Todo esto, sin contar con la autorización o permiso correspondiente por parte de la autoridad competente, con vehículos motorizados y en cualquier tipo de vía.
La propuesta, originada en moción, también aumenta las sanciones para quienes incumplan la normativa. Así, establece que quien conduzca un vehículo motorizado en una carrera no autorizada se sancionará con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio. Esto es, entre 61 días hasta 3 años de privación de libertad.
Igualmente, se aplicará una multa de dos a 10 UTM ($139.500 a 697.500 app.). La sanción se aplicará, ya sea que no se ocasione daño alguno o que cause daños materiales o lesiones leves.
Freddy Mora | Imprimir | 312
