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domingo 13 de octubre del 2024
Editorial 22-09-2024
Conducir en estado de ebriedad
Hace exactamente un año, se dio a conocer el estudio “Caracterización del consumo de bebidas con alcohol durante Fiestas Patrias”, elaborado por la Asociación Pro Consumo Responsable de Bebidas Espirituosas (Aprocor). Éste aborda la baja percepción de riesgo que existe entre los conductores al momento de subirse a un vehículo en estado de ebriedad.
De hecho, uno de cada tres chilenos considera “socialmente aceptable” manejar bajo los efectos del alcohol. Un 50% cree fácil evitar un control policial gracias a la capacidad de detectar anticipadamente los principales puntos de fiscalización (gracias a las aplicaciones). Un 65% teme más ser detenido por la autoridad que causar un accidente que les provoque daños físicos o la muerte (14%).
Así las cosas, los senadores presentaron una moción que eleva las sanciones aplicables a quienes infrinjan la prohibición de conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.
La propuesta que será vista por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, establece ahora que la prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, será sancionada con: Pena de presidio menor en su grado mínimo; Multa de diez a veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (de 663 mil a 1 millón 300 mil pesos) y Suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años.
Otro aspecto considera la cancelación de la licencia al ser sorprendido en una segunda ocasión, ya sea que no se ocasione daño alguno, o que con ello se causen daños materiales o lesiones leves. Se reputarán leves, para estos efectos, todas las lesiones que produzcan al ofendido enfermedad o incapacidad por un tiempo no mayor de siete días.
De hecho, uno de cada tres chilenos considera “socialmente aceptable” manejar bajo los efectos del alcohol. Un 50% cree fácil evitar un control policial gracias a la capacidad de detectar anticipadamente los principales puntos de fiscalización (gracias a las aplicaciones). Un 65% teme más ser detenido por la autoridad que causar un accidente que les provoque daños físicos o la muerte (14%).
Así las cosas, los senadores presentaron una moción que eleva las sanciones aplicables a quienes infrinjan la prohibición de conducir vehículos en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.
La propuesta que será vista por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, establece ahora que la prohibición de conducir en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, será sancionada con: Pena de presidio menor en su grado mínimo; Multa de diez a veinte Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (de 663 mil a 1 millón 300 mil pesos) y Suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el término de dos años.
Otro aspecto considera la cancelación de la licencia al ser sorprendido en una segunda ocasión, ya sea que no se ocasione daño alguno, o que con ello se causen daños materiales o lesiones leves. Se reputarán leves, para estos efectos, todas las lesiones que produzcan al ofendido enfermedad o incapacidad por un tiempo no mayor de siete días.
Freddy Mora | Imprimir | 450