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sábado 16 de agosto del 2025
Editorial 15-08-2025
Dirigentes comunitarios
Establecer una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal específica respecto de los delitos que pudiesen cometerse en contra de dirigentes de organizaciones comunitarias por la labor que desempeñan, es el objetivo del proyecto despachado por la Cámara.
El texto, que modifica el Código Penal, se originó en dos mociones refundidas. Se aprobó en particular, en forma unánime, con 124 votos a favor. Como resultado de esto, el texto pasó a su segundo trámite, al Senado.
Para sus fines, el texto enmienda el Código Penal. Así, en caso de delitos de amenazas de atentado contra las personas, se podrá subir en un grado la pena si la víctima integra una organización comunitaria funcional, junta de vecinos o unión comunal (Ley 19.418). Ello, en casos en que sea en represalia al ejercicio de sus funciones.
Además, en delitos como homicidio, mutilación, lesiones graves y menos graves contra dirigentes vecinales o comunales, también se podrá aplicar una pena superior en un grado.
En forma transversal, las y los legisladores respaldaron el proyecto que reconoce la labor voluntaria y profesional que cumplen las y los dirigentes vecinales o comunales. Destacaron que trabajan desinteresadamente por la calidad de vida de sus vecinos y son la cara visible para plantear las demandas ciudadanas.
Freddy Mora | Imprimir | 82