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viernes 04 de octubre del 2024
Editorial 29-05-2024
Evitar el cohecho
Los senadores José Miguel Durana, Juan Antonio Coloma, Sergio Gahona, Javier Macaya y David Sandoval, presentaron un proyecto que modifica la ley 18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, para aumentar las sanciones aplicables al cohecho y otras conductas, que se realicen con la participación de organizaciones criminales.
La moción –que será analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización- busca hacer frente a lo que los autores han llamado compra de votos y cualquier forma de cohecho, cuando se ejecute con miembros de organizaciones criminales.
En lo concreto, se propone una pena que va desde 3 años y 1 día hasta los 5 años (presidio menor en su grado máximo) y multa que podría alcanzar los 6 millones y medio de pesos (50 a 100 UTM), al que -con miembros de una organización delictiva o criminal- en cualquier elección popular, primaria o definitiva, solicitare votos por paga, dádiva o promesa de dinero u otra recompensa o cohechare en cualquier forma a un elector.
Cabe recordar que la ley vigente estipula que el cohecho, sin hacer referencia a la intervención de organizaciones criminales, enfrenta pena de presidio menor en su grado medio, multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos. Este último punto se mantiene en la moción.
La moción –que será analizada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización- busca hacer frente a lo que los autores han llamado compra de votos y cualquier forma de cohecho, cuando se ejecute con miembros de organizaciones criminales.
En lo concreto, se propone una pena que va desde 3 años y 1 día hasta los 5 años (presidio menor en su grado máximo) y multa que podría alcanzar los 6 millones y medio de pesos (50 a 100 UTM), al que -con miembros de una organización delictiva o criminal- en cualquier elección popular, primaria o definitiva, solicitare votos por paga, dádiva o promesa de dinero u otra recompensa o cohechare en cualquier forma a un elector.
Cabe recordar que la ley vigente estipula que el cohecho, sin hacer referencia a la intervención de organizaciones criminales, enfrenta pena de presidio menor en su grado medio, multa de 10 a 50 unidades tributarias mensuales y la inhabilitación absoluta y perpetua para el desempeño de cargos y oficios públicos. Este último punto se mantiene en la moción.
Freddy Mora | Imprimir | 371