Wednesday 10 de June del 2026
El Diario del Maule Sur
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Hoy
Editorial 14-05-2026
Imputado y juicio oral
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Hasta el 22 de mayo, se fijó el plazo para presentar indicaciones al proyecto que modifica el Código Procesal Penal para regular la continuidad del juicio oral y permitir la dictación de sentencia definitiva ante la incomparecencia injustificada del acusado, el que cuenta con suma urgencia.
 
 El mensaje en primer trámite explica que el artículo 285 del Código Procesal Penal establece como principio, la presencia obligatoria del acusado durante toda la audiencia de juicio oral. A su vez, como parte de este principio, el propio sistema contempla la institución de la rebeldía del imputado permitiendo su declaración judicial cuando el acusado, debidamente emplazado, no comparece injustificadamente al procedimiento.

El problema normativo surge a partir de las reglas contenidas en los artículos 101 inciso 2° y 252 inciso final del Código Procesal Penal, que ordenan al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dictar sobreseimiento temporal cuando el acusado no comparece a la audiencia de juicio oral y ha sido declarado rebelde.

También se advirtió que la dictación de condena sin imputado pone en jaque la ejecución de una sanción, porque hay un conjunto de órdenes de detención que no se podrán cumplir, así se trasladará este problema de gestión administrativa al momento de la ejecución de la condena.
 
Freddy Mora | Imprimir | 590