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miércoles 25 de junio del 2025
Nacional 25-06-2025
Justicia acreditó abuso sexual de Felipe Berríos, pero lo declaró prescrito

La Justicia acreditó este martes un delito de abuso sexual perpetrado el año 2000 por el religioso Felipe Berríos, en contra de una víctima de entonces 15 años en la comuna de La Florida; pero sobreseyó al exjesuita de la causa por la prescripción de la investigación.
De acuerdo con el 34° Juzgado del Crimen de Santiago, el 17 de agosto de aquel año, entre las 20:00 y 21:00 horas, Berríos "procedió a realizar actos de relevancia y connotación sexual en contra de la víctima" durante un retiro espiritual realizado en el Santuario de Schoenstatt.
El magistrado valoró la prueba considerando el contexto del hecho y la posición de poder del imputado; el desarrollo del hecho denunciado; la reacción inmediata de la víctima y su entorno; la corroboración externa y la persistencia del relato; los elementos que otorgan credibilidad al relato de la víctima; y la condición sacerdotal como elemento contextual en el análisis del caso.
Asimismo, acreditó el "acto de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dicho relato como coincidente, en lo fundamental, con las demás pruebas", y "la voluntad manifiesta de realización" del delito, "concurriendo de esa forma el dolo directo".
En la misma línea, el tribunal destacó el testimonio de la víctima, que "fue consistente a través del tiempo, no existiendo contrariedades significativas" y "aportando datos de contexto, como también verosimilitud al relato, generando con ello una armonía probatoria" del abuso sufrido.
De acuerdo con el 34° Juzgado del Crimen de Santiago, el 17 de agosto de aquel año, entre las 20:00 y 21:00 horas, Berríos "procedió a realizar actos de relevancia y connotación sexual en contra de la víctima" durante un retiro espiritual realizado en el Santuario de Schoenstatt.
El magistrado valoró la prueba considerando el contexto del hecho y la posición de poder del imputado; el desarrollo del hecho denunciado; la reacción inmediata de la víctima y su entorno; la corroboración externa y la persistencia del relato; los elementos que otorgan credibilidad al relato de la víctima; y la condición sacerdotal como elemento contextual en el análisis del caso.
Asimismo, acreditó el "acto de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dicho relato como coincidente, en lo fundamental, con las demás pruebas", y "la voluntad manifiesta de realización" del delito, "concurriendo de esa forma el dolo directo".
En la misma línea, el tribunal destacó el testimonio de la víctima, que "fue consistente a través del tiempo, no existiendo contrariedades significativas" y "aportando datos de contexto, como también verosimilitud al relato, generando con ello una armonía probatoria" del abuso sufrido.
Freddy Mora | Imprimir | 46
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