Sunday 18 de January del 2026
El Diario del Maule Sur
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Hoy
Editorial 15-11-2025
Ley Tommy Rey
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La Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación está llamada a analizar el proyecto que modifica la ley 17.336, para reconocer el derecho a remuneración de artistas intérpretes y ejecutantes por la puesta a disposición pública de sus interpretaciones musicales fijadas en fonogramas o formatos audiovisuales.

El texto legal, tal como se desprende de sus argumentos, además de reconocer un derecho de remuneración a artistas intérpretes y ejecutantes (…), también pretende rendir homenaje a Tommy Rey, destacado exponente de la música popular chilena, por su importante legado en la cumbia nacional.

Con todo, avanza en una “adecuada protección de derechos” de los artistas porque en “plataformas digitales y usos comerciales de sus interpretaciones son comunes, pese a no contar con autorización ni mediar pagos con los músicos”.



El proyecto precisa que los artistas, intérpretes y ejecutantes, incluso después de la cesión de sus derechos patrimoniales tendrán el derecho irrenunciable e intransferible de percibir una remuneración por la puesta a disposición de sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas cuando sean realizadas por un tercero, responsable del acto de puesta a disposición y de la remuneración respectiva.



Para la determinación del monto, las plataformas o medios digitales de puesta a disposición de fonogramas o grabaciones deberán informar a los artistas intérpretes o ejecutantes, cuando éstos lo soliciten, el número total mensualizado de reproducciones de cada una de sus obras dentro del territorio nacional.

Freddy Mora | Imprimir | 256