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Política 29-01-2023
Lista para su promulgación quedó la ley que regula las aplicaciones de transporte
Con 26 votos a favor, uno en contra y una abstención, la Sala del Senado respaldó el informe de la Comisión Mixta que consensuó una redacción respecto al proyecto que regula las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten, norma más conocida como ley Uber.
Previamente, la Cámara de Diputadas y Diputados había hecho lo propio, por lo que ahora el texto quedó listo para su trámite de promulgación de la iniciativa.
La iniciativa determina que las citadas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
Asimismo, define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro electrónico de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos y conductores asociados.
Los vehículos solo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.
Previamente, la Cámara de Diputadas y Diputados había hecho lo propio, por lo que ahora el texto quedó listo para su trámite de promulgación de la iniciativa.
La iniciativa determina que las citadas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.
Asimismo, define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro electrónico de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos y conductores asociados.
Los vehículos solo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.
Freddy Mora | Imprimir | 1196
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