martes 22 de octubre del 2024
El Diario del Maule Sur
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Hoy
Editorial 27-08-2023
Migración

Incorporar una etapa inicial al procedimiento de determinación de la condición de refugiado y modificar la disposición sobre reconducción o, devolución inmediata de la ley de migración y extranjería, es el objetivo del proyecto de ley aprobado por el Senado y que ahora debe ser analizado, en segundo trámite constitucional, por la Cámara de Diputadas y Diputados.



Precisamente, se ha evidenciado un notable incremento en las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado producto de los flujos migratorios en la región, que incluyen a Chile, lo que ha llevado a que un gran número de personas extranjeras que llegan al país utilicen el proceso de reconocimiento de la condición de refugiado, como una vía para eludir el control migratorio o regularizar su situación migratoria en el territorio nacional.



La iniciativa contribuirá a garantizar que la solicitud sea utilizada para los fines de protección internacional para los cuales fue creado.




El proyecto establece, entre otros aspectos que la solicitud deberá presentarse en cualquier oficina del Servicio Nacional de Migraciones. Al ingresar al territorio nacional, los extranjeros deberán informar a la autoridad contralora de frontera sobre su intención de solicitar refugio en Chile, en cuyo caso ésta le informará sobre los requisitos y plazos que contempla el procedimiento conducente al reconocimiento de la condición de refugiado.



La solicitud de reconocimiento deberá ser presentada en el plazo de 10 días desde el ingreso del solicitante al territorio nacional.

Una vez presentada la solicitud, se evaluará si ésta cumple con los requisitos formales. En caso de cumplir, el Director del Servicio Nacional de Migraciones deberá dictar una resolución, la que será notificada al solicitante y se continuará con el procedimiento para el reconocimiento de su condición de refugiado.


Freddy Mora | Imprimir | 776