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Tuesday 08 de September del 2026
Política 29-08-2026
Nuevo aporte de cargo del empleador comienza en agosto y complementará futuras pensiones


Un nuevo hito de la implementación de la Reforma de Pensiones comienza a materializarse este mes. Autoridades presentaron la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP), nuevo aporte de cargo del empleador que es parte del Seguro Social Previsional y que comienza a aplicarse sobre las remuneraciones de agosto de 2026 para contribuir a complementar las futuras pensiones de las y los trabajadores.
La medida forma parte del aumento gradual de la cotización de cargo del empleador establecido por la Reforma de Pensiones. En esta primera etapa, un 0,9% de la remuneración imponible se destinará a la Cotización con Rentabilidad Protegida, aporte que no se descuenta del sueldo del trabajador y que queda registrado a su nombre.
Mensualmente, la Cotización con Rentabilidad Protegida quedará registrada a nombre del afiliado o afiliada en el Fondo Autónomo de Protección Previsional. Es de propiedad del trabajador, intransferible e inembargable, cuenta con garantía estatal y se expresa en UF. Además, considera una tasa de interés fija determinada al momento de enterar cada cotización. Al momento de pensionarse, estos recursos, junto con los reajustes e intereses correspondientes, contribuirán a complementar la pensión de la persona.
A partir de las remuneraciones de agosto de 2027, la CRP aumentará desde el 0,9% inicial a un 1,5%, siguiendo el calendario gradual establecido por la Reforma.
Los empleadores comenzarán a realizar esta nueva cotización correspondiente a las remuneraciones de agosto durante septiembre de 2026.
La medida forma parte del aumento gradual de la cotización de cargo del empleador establecido por la Reforma de Pensiones. En esta primera etapa, un 0,9% de la remuneración imponible se destinará a la Cotización con Rentabilidad Protegida, aporte que no se descuenta del sueldo del trabajador y que queda registrado a su nombre.
Mensualmente, la Cotización con Rentabilidad Protegida quedará registrada a nombre del afiliado o afiliada en el Fondo Autónomo de Protección Previsional. Es de propiedad del trabajador, intransferible e inembargable, cuenta con garantía estatal y se expresa en UF. Además, considera una tasa de interés fija determinada al momento de enterar cada cotización. Al momento de pensionarse, estos recursos, junto con los reajustes e intereses correspondientes, contribuirán a complementar la pensión de la persona.
A partir de las remuneraciones de agosto de 2027, la CRP aumentará desde el 0,9% inicial a un 1,5%, siguiendo el calendario gradual establecido por la Reforma.
Los empleadores comenzarán a realizar esta nueva cotización correspondiente a las remuneraciones de agosto durante septiembre de 2026.
Freddy Mora | Imprimir | 144
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