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Saturday 11 de July del 2026
Editorial 10-06-2026
Proyecto “anti encapuchados”

La Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó en general un proyecto de ley que modifica el Código Penal. Su objetivo es tipificar el delito de ocultamiento de identidad en el contexto de eventos masivos y desórdenes públicos, cuando no exista una justificación legítima, iniciativa más conocida como ley “anti encapuchados”.
El texto corresponde a una moción impulsada por parlamentarios del PDG. Incorpora excepciones justificantes como motivos de salud o religiosos. También establece una agravante específica cuando el ocultamiento tenga por finalidad facilitar la comisión de otros crímenes o simples delitos.
Tras las intervenciones, los parlamentarios que respaldaron la idea matriz del texto afirmaron que, si bien la norma es perfectible, resulta necesario dar una señal contra los encapuchados que protagonizan hechos de violencia en el contexto de las manifestaciones sociales.
En tanto, quienes rechazaron la iniciativa aseguraron que, por seriedad, dado que el proyecto estaría mal concebido, corresponde privilegiar otras normas en trámite en el Congreso, como el proyecto sobre el derecho a reunión, entre otras.
Específicamente, el proyecto establece que, quien, en contexto de reuniones en lugares de uso público, utilice capuchas, pañuelos, máscaras, maquillaje u otros elementos que cubran, oculten o simulen su identidad, de manera que se impida o dificulte la identificación por parte de la autoridad, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días).
El texto corresponde a una moción impulsada por parlamentarios del PDG. Incorpora excepciones justificantes como motivos de salud o religiosos. También establece una agravante específica cuando el ocultamiento tenga por finalidad facilitar la comisión de otros crímenes o simples delitos.
Tras las intervenciones, los parlamentarios que respaldaron la idea matriz del texto afirmaron que, si bien la norma es perfectible, resulta necesario dar una señal contra los encapuchados que protagonizan hechos de violencia en el contexto de las manifestaciones sociales.
En tanto, quienes rechazaron la iniciativa aseguraron que, por seriedad, dado que el proyecto estaría mal concebido, corresponde privilegiar otras normas en trámite en el Congreso, como el proyecto sobre el derecho a reunión, entre otras.
Específicamente, el proyecto establece que, quien, en contexto de reuniones en lugares de uso público, utilice capuchas, pañuelos, máscaras, maquillaje u otros elementos que cubran, oculten o simulen su identidad, de manera que se impida o dificulte la identificación por parte de la autoridad, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo (desde 61 días a 540 días).
Freddy Mora | Imprimir | 335
