miércoles 23 de octubre del 2024
El Diario del Maule Sur
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Hoy
Editorial 31-05-2024
Régimen carcelario agravado
Establecer un régimen carcelario agravado que contemple la incomunicación absoluta en determinados casos, es el objetivo central de la moción que presentaron los senadores José Miguel Durana, Juan Antonio Coloma, Sergio Gahona, Javier Macaya y David Sandoval y que fue remitida a la Comisión de Constitución para su estudio.



En lo fundamental, el proyecto modifica el Código Penal y el Procesal Penal para establecer un régimen de cumplimiento carcelario agravado respecto de quienes sean formalizados y dejados en prisión preventiva, o de quienes sean condenados, por delitos relativos a conductas terroristas, los contemplados en la Ley de Seguridad Interior del Estado, los relativos al tráfico de drogas, los señalados en la Ley de Control de Armas y por los delitos de asociación delictiva o criminal, entre otros.



Para ello, crea dos penas accesorias comunes a todo crimen y simple delito consistentes en la incomunicación con personas extrañas al establecimiento penal y con los demás internos o incomunicación sólo con personas extrañas al establecimiento penal, según el reglamento carcelario.



Dicha pena se podrá aplicar en la sentencia definitiva o durante el cumplimiento de la condena y podrá no ser aplicada o revocada en los casos de colaboración eficaz.



El proyecto señala que la aplicación de esta medida será a requerimiento del Ministerio Público, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública o el querellante particular; y cuando no haya sido impuesta en la sentencia, la solicitud podrá ser presentada por el Ministerio Público, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, el Alcaide, el condenado o su defensor.



Asimismo, señala que el régimen de incomunicación puede llevar consigo la decisión de traslado del condenado a otro recinto penitenciario para que la medida sea eficaz y que, en caso de prisión preventiva, la incomunicación podrá mantenerse vigente todo el tiempo que dure la medida cautelar.




Freddy Mora | Imprimir | 381