Hoy
Tuesday 08 de September del 2026
Editorial 14-08-2026
Seguridad municipal

La Comisión de Gobierno Interior aprobó y despachó a Sala el proyecto que introduce modificaciones a la Ley 21.802, sobre institucionalidad municipal, en materia de seguridad pública y prevención del delito.
El texto busca la adecuada y coherente implementación de la ley, para asegurar los estándares de prestación del servicio de seguridad pública y prevención del delito realizado por las municipalidades.
En primer término, la iniciativa precisa el límite de gastos en personal que los municipios pueden tener para contratar personal de seguridad. De esta manera, dispone que estos podrán exceder, hasta en un 5% de sus ingresos propios, percibidos en el año anterior, el límite legal del 42% establecido en el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales.
Además, excepcionalmente, las municipalidades podrán destinar hasta el 15 o el 25 por ciento de los referidos ingresos propios, para contratar inspectores de seguridad. Para ello, deberán contar con la autorización previa de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, en el primer caso, y de esta subsecretaría, en conjunto con la Dirección de Presupuestos, en el segundo.
Otro punto del proyecto aprobado está referido al funcionamiento de los vehículos de seguridad municipal. Al respecto, la modificación permite que los conductores de dichos vehículos puedan operar con licencia de conducir clase B. Esta medida apunta a facilitar el uso y operación de estos vehículos, sin que se exija a los conductores poseer licencia clase F, que es el documento requerido para el manejo de los vehículos de emergencia.
Además, excepcionalm
El texto busca la adecuada y coherente implementación de la ley, para asegurar los estándares de prestación del servicio de seguridad pública y prevención del delito realizado por las municipalidades.
En primer término, la iniciativa precisa el límite de gastos en personal que los municipios pueden tener para contratar personal de seguridad. De esta manera, dispone que estos podrán exceder, hasta en un 5% de sus ingresos propios, percibidos en el año anterior, el límite legal del 42% establecido en el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales.
Además, excepcionalmente, las municipalidades podrán destinar hasta el 15 o el 25 por ciento de los referidos ingresos propios, para contratar inspectores de seguridad. Para ello, deberán contar con la autorización previa de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, en el primer caso, y de esta subsecretaría, en conjunto con la Dirección de Presupuestos, en el segundo.
Otro punto del proyecto aprobado está referido al funcionamiento de los vehículos de seguridad municipal. Al respecto, la modificación permite que los conductores de dichos vehículos puedan operar con licencia de conducir clase B. Esta medida apunta a facilitar el uso y operación de estos vehículos, sin que se exija a los conductores poseer licencia clase F, que es el documento requerido para el manejo de los vehículos de emergencia.
Además, excepcionalm
Freddy Mora | Imprimir | 153
