domingo 13 de octubre del 2024
El Diario del Maule Sur
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Política 27-09-2024
SERVEL confirma plazo de subrogación de Gobernadores Regionales y Alcaldes que buscan la reelección

La Ley 18.695 en su artículo 107 inciso 3° de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades establece: “En el caso que un alcalde postulare a su reelección o a su elección como concejal en su propia comuna, se procederá a su subrogación en conformidad con el inciso primero del artículo 62, desde los treinta días anteriores a la fecha de la elección y hasta el día siguiente de ella. En todo caso, durante el período señalado, el alcalde conservará su remuneración y la atribución de participar en las sesiones del concejo con derecho a voz y voto. Sin embargo, la presidencia del concejo sólo podrá ejercerla un concejal que no estuviere repostulando a dicho cargo o postulando al cargo de alcalde.
Por otra parte, la Ley 19.175 en su artículo 84 inciso 4° de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional señala: “… En el caso de que un gobernador regional postulare a su reelección conforme con lo dispuesto en el artículo 111 de la Constitución Política de la República, o a su elección como consejero regional en la región donde desempeña su cargo, se procederá a su subrogación en conformidad con el inciso segundo del artículo 23 septies, desde los treinta días anteriores a la fecha de la elección y hasta el día siguiente de ella. En todo caso, durante el período señalado el gobernador regional conservará su remuneración y la atribución de participar en las sesiones del consejo regional con derecho a voz.
En virtud de lo señalado, el alcalde o gobernador regional que postula a la reelección deberá ser subrogado desde el viernes 27 de septiembre hasta el lunes 28 de octubre de 2024, ambos días inclusive.
Freddy Mora | Imprimir | 371