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Monday 09 de March del 2026
Editorial 04-03-2026
Servicios Funerarios

Regular los servicios funerarios y cementerios es el objetivo de la iniciativa impulsada por la diputada Ximena Ossandón, que modifica el Código Sanitario. Esto, para asegurar mayor dignidad y transparencia a las familias.
La propuesta es una respuesta a las dificultades que miles de personas enfrentan tras la pérdida de un ser querido. En sus fundamentos, la legisladora planteó que el Estado no ha garantizado estándares mínimos de resguardo de los derechos asociados al fallecimiento. A su vez, dice que esta falta de resguardo ha permitido que el mercado opere principalmente bajo criterios de oferta y demanda. Así, una consecuencia de este perfil, en algunos casos, son los cobros excesivos a familias que están en situaciones de especial vulnerabilidad.
Además, recalca que, actualmente, tanto el Código Sanitario como el Reglamento general de Cementerios tienen solo un enfoque sanitario. De esta manera, carecen de una perspectiva económica y dejan en manos de las empresas la fijación de los precios de servicios esenciales.
En ese contexto, la propuesta legal propone establecer tres obligaciones para los proveedores del rubro: Servicios al valor de la “Cuota Mortuoria”: Las funerarias deberán ofrecer, de manera pública y como primera opción, un servicio completo cuyo costo no supere la cuota mortuoria establecida en el Decreto Ley 3500.
Otro delos aspectos dice relación con la dignidad en las fosas comunes: Los cementerios particulares identificarán individualmente (nombre, apellidos y fechas) a cada persona inhumada en una fosa común mediante placas de material no oxidable.
La propuesta es una respuesta a las dificultades que miles de personas enfrentan tras la pérdida de un ser querido. En sus fundamentos, la legisladora planteó que el Estado no ha garantizado estándares mínimos de resguardo de los derechos asociados al fallecimiento. A su vez, dice que esta falta de resguardo ha permitido que el mercado opere principalmente bajo criterios de oferta y demanda. Así, una consecuencia de este perfil, en algunos casos, son los cobros excesivos a familias que están en situaciones de especial vulnerabilidad.
Además, recalca que, actualmente, tanto el Código Sanitario como el Reglamento general de Cementerios tienen solo un enfoque sanitario. De esta manera, carecen de una perspectiva económica y dejan en manos de las empresas la fijación de los precios de servicios esenciales.
En ese contexto, la propuesta legal propone establecer tres obligaciones para los proveedores del rubro: Servicios al valor de la “Cuota Mortuoria”: Las funerarias deberán ofrecer, de manera pública y como primera opción, un servicio completo cuyo costo no supere la cuota mortuoria establecida en el Decreto Ley 3500.
Otro delos aspectos dice relación con la dignidad en las fosas comunes: Los cementerios particulares identificarán individualmente (nombre, apellidos y fechas) a cada persona inhumada en una fosa común mediante placas de material no oxidable.
Freddy Mora | Imprimir | 181
