viernes 26 de abril del 2024 | Santoral Marcelino
El Diario del Maule Sur
FUNDADO EL 29 DE AGOSTO DE 1937
Hoy
Editorial 20-05-2023
Servicios sanitarios rurales
Eximir del IVA a los servicios sanitarios rurales a que se refiere la ley que regula dichos ámbitos es el objetivo de una iniciativa aprobada por la Comisión de Hacienda.
El proyectO, despachado a la Sala, contiene un único artículo que se incorpora a la Ley que regula los servicios sanitarios rurales. Con él se establece un tratamiento tributario especial para los servicios prestados por agua potable rural (APR).

Específicamente, se considerará que los servicios sanitarios rurales, que los operadores presten a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior en que comience a prestar los servicios señalados.
A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.
Tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio.

Freddy Mora | Imprimir | 737