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Tuesday 14 de July del 2026
Editorial 08-07-2026
Viviendas sociales

Facilitar la implementación de políticas de adquisición de viviendas sociales para el 40% más vulnerable de la población y a territorios con alto déficit habitacional es el objetivo de un proyecto aprobado por la Sala de la Cámara y enviado a segundo trámite.
La propuesta se aprobó en general en mayo pasado, ocasión en que se presentaron indicaciones que motivaron un nuevo tramite en la Comisión de Vivienda. Dichas modificaciones apuntaban, principalmente, a considerar la opinión de las familias al momento de su relocalización. Sin embargo, dichas propuestas no prosperaron, por lo que el segundo informe consideró el mismo texto previamente respaldado por la Cámara.
En concreto, la iniciativa autoriza la adquisición de terrenos, destinados a viviendas sociales para familias vulnerables, emplazados en comunas distintas de aquellas que registran mayor demanda de estos grupos.
Cabe recordar que la normativa vigente restringe la elaboración de estudios preliminares y la adquisición de terrenos con recursos del Fondo Solidario de Elección de Vivienda a aquellos ubicados en comunas o intercomunas en las que exista una demanda significativa de viviendas sociales o un alto déficit habitacional. Dicha situación se observa como limitante, a la luz de la escasez de terrenos hábiles para la concreción de los proyectos.
En tal línea, la propuesta, impulsada por el diputado Marcos Ilabaca, viene a corregir dicho impedimento. Para sus fines modifica la Ley 21.450, sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y Plan de Emergencia Habitacional. Específicamente, permite que los estudios preliminares y la adquisición de terrenos se realicen dentro de la respectiva región, aun cuando estos no se ubiquen en la misma comuna en que se verifica la demanda habitacional.
La propuesta se aprobó en general en mayo pasado, ocasión en que se presentaron indicaciones que motivaron un nuevo tramite en la Comisión de Vivienda. Dichas modificaciones apuntaban, principalmente, a considerar la opinión de las familias al momento de su relocalización. Sin embargo, dichas propuestas no prosperaron, por lo que el segundo informe consideró el mismo texto previamente respaldado por la Cámara.
En concreto, la iniciativa autoriza la adquisición de terrenos, destinados a viviendas sociales para familias vulnerables, emplazados en comunas distintas de aquellas que registran mayor demanda de estos grupos.
Cabe recordar que la normativa vigente restringe la elaboración de estudios preliminares y la adquisición de terrenos con recursos del Fondo Solidario de Elección de Vivienda a aquellos ubicados en comunas o intercomunas en las que exista una demanda significativa de viviendas sociales o un alto déficit habitacional. Dicha situación se observa como limitante, a la luz de la escasez de terrenos hábiles para la concreción de los proyectos.
En tal línea, la propuesta, impulsada por el diputado Marcos Ilabaca, viene a corregir dicho impedimento. Para sus fines modifica la Ley 21.450, sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y Plan de Emergencia Habitacional. Específicamente, permite que los estudios preliminares y la adquisición de terrenos se realicen dentro de la respectiva región, aun cuando estos no se ubiquen en la misma comuna en que se verifica la demanda habitacional.
Freddy Mora | Imprimir | 184
